Molino de aceite de D. Paco. Entre sus paredes está guardado el secreto. |
Este fue el único asesinato cometido en Fuente Álamo durante la Guerra Civil, si bien fue llevado a cabo materialmente en las inmediaciones de Alcaudete. Existen otras víctimas civiles mortales fuentealameñas, unas colaterales de la guerra (Dulcenombre García Bermúdez, Manuel Moreno Pérez…), otras, consecuencia de sentencias (Francisco Alba Serrano, Justo Gutiérrez Vera…), y otras víctimas militares producidas en el mismo frente (Vicente Vera Moreno, Francisco Aguilera Calvo…), a las que hay que sumar las víctimas de la posguerra (Juan Lagares, Antonio Jiménez, Isidora Pérez Vera...)
En este trágico suceso aparecen tres víctimas: el propio Leocadio, acusado de ser un espía, quien siendo asesinado, se desconocen los autores materiales del delito, aunque se supone que fue llevado a cabo por miembros de una “Brigada Roja” que se encontraba instalada en el molino de aceite de Francisco Serrano del Mármol, a cuyo cargo estaba en Febrero del 1937, el capital José Bautista y que según algún testigo, “le
sacaron dos milicianos con dirección a Alcaudete”; Una
segunda víctima fue José Pérez Lizana, enjuiciado e injustamente acusado de ser
partícipe del asesinato; y una tercera
víctima el Alcalde Pedáneo, por entonces, Vicente Aguilera Castillo, acusado en
base al cargo que ocupaba.
Nuestra primera víctima inocente, LEOCADIO ANGUITA LÓPEZ, se le conocía
como “Parraco”, aunque algunos vecinos lo recuerdan como “Parraca”. Era vecino
de Fuente Álamo, vivía en una casa cercana a la que después sería de Luis
Montes, y como rasgo característico, padecía sordomudez y del que no tenemos
más datos que los provenientes de los familiares que aparecen en las
declaraciones. Así, según su sobrino Matías Aguilera Anguita, cuando los
nacionales de Fuente Álamo se vieron obligados a abandonar la aldea y: “después
de la liberación de la Alcalá, él en
unión de sus familiares pudo pasar las líneas y entrar también en Alcalá,
siendo esto sobre el mes de Septiembre o primeros de Octubre de 1936. Que
estaba en dicho pueblo su tío sordomudo llamado Leocadio Anguita López”.
Según su otro sobrino, Crescencio Aguilera Anguita: “… se encontraba detenido en una casería denominada Venta de Fantasías, siendo
puesto en libertad el día 14 de Septiembre y pasando a Alcalá la Real el día 30
al 4 de octubre fecha en que se tomó el pueblo. Que en la misma fecha que el
exponente pasó a Alcalá la Real, también lo hizo su tío llamado Leocadio
Anguita López, el cual padecía enfermedad, era sordomudo y como tal sufría
frecuentes perturbaciones mentales”.
Leocadio,
según sus sobrinos, siempre estaba dando a entender que quería volver a Fuente
Álamo a ver sus propiedades. Ellos siempre procuraron quitárselo de la cabeza
diciéndole que le matarían, pero el día 6 de Enero de 1937 desapareció sin que
ellos se dieran cuenta, llegando a Fuente Álamo y siendo detenido en las
inmediaciones del Cortijo del Baño. Posteriormente fue llevado ante el Comité y
entregado a una “Brigada Roja”, que se encontraba instalada en el molino de
aceite de Francisco Serrano del Mármol.
Continúa
Matías diciendo: “Que
en esta época estaba de Alcalde el sobrino del declarante llamado Vicente
Aguilera Castillo. Que el único asesinato cometido en el pueblo de Fuente Álamo
fue el de su tío del declarante Leocadio Anguita López, pero que no puede decir
con seguridad ni acierto quien pudo ser su autor. Que estuvo detenido por los
marxistas en la fábrica aceitera de Fuente Álamo, propiedad de D. Francisco
Serrano Mármol, en poder del bolchevismo hasta que finalizó la guerra y que
según se rumorea por allí fue sacado de dicha fábrica y asesinado, hechos que
acaecieron sobre el día 10 de Enero del año 1037. Como quiera que la dicha detención y
asesinato se efectuó en la aldea de Fuente Álamo, los dirigentes marxistas de
la misma eran: Vicente Aguilera Castillo,
Matías Pérez Lizana, José Ortega Moyano, Domingo Vera Viana, hoy detenido en esta cárcel, Antonio Moreno Vera,
Rafael Moreno Ibáñez y Antonio Cano Ruiz, los cuales en su calidad de
dirigentes llamaron a José Pérez Lizana
para que emitiera informe del detenido, nuestro tío Leocadio Anguita, siendo
desaparecido y asesinado después de dicho informe. Según rumores que también
han recogido los denunciantes, su
tío fue asesinado poco antes de llegar a
Alcaudete”.
Vistas
estas declaraciones, proseguiremos con nuestras otras dos víctimas, que
analizaremos por separado:
VICENTE AGUILERA CASTILLO, Alcalde
Pedáneo de Fuente Álamo y sobrino-nieto de Leocadio, contra el que se inicia el Procedimiento Sumarísimo
Ordinario nº 44.923, que será estudiado en otro tema de forma global, pero
entre unas de las acusaciones, está la muerte de Leocadio y en su declaración
dice: “que el día que detuvieron a
Leocadio Anguita López y más tarde asesinado, se encontraba el declarante en
Jaén con Rafael Moreno Ibáñez, que habían ido a por capachos y que ignora cómo
y cuando fue asesinado, que quien podrá facilitar algunos informes de esto al
Juzgado es José Pérez Lizana (nuestra tercera víctima) a quien llamaron y bajó a la fábrica donde
las milicias tenían detenido al pobre mártir”.
Alcalde Pedáneo de Fuente Álamo (1932-39) |
Comienzan
las declaraciones de testigos con respecto a Vicente Aguilera y así, Esteban
García Cano dice: “Que
cierto día detuvieron en la Aldea a Leocadio Anguita López el cual permanecía
encarcelado dos o tres días, pasados los cuales le condujeron a Alcaudete, en
donde fue asesinado días más tarde. Cree
el dicente que la conducción del tal Leocadio no intervino el Vicente
Aguilera, pues tiene entendido que lo
condujeron las fuerzas rojas que en el frente próximo se encontraban”. El
propio José Pérez Lizana declara como testigo en esta Causa, habiendo sido ya
imputado en su propia Causa: “que
no sabe por quién fue detenido Leocadio
Anguita López, ya que él como otros muchos de la Aldea al enterarse de
que había sido detenido bajaron a la Fabrica donde le tenían, al objeto de
verlo, cosa que no pudieron efectuarlo porque no lo consintieron, no pudiendo
precisar si Vicente Aguilera intervino o
no en el asesinato”.
El
12 de Mayo de 1942 se dicta Auto de Procesamiento, considerando que Vicente
Aguilera Castillo, se cree tuvo intervención en la detención de Leocadio
Anguita López que más tarde fue vilmente asesinado.
Después
se producen nuevas declaraciones de D. Francisco Sánchez-Cañete y Córdoba
en Alcalá la Real a 25 de mayo de 1942, y dice que “no
cree que interviniera en crímenes, detenciones etc… porque en aquella Aldea no
se cometieron”. Resulta extraño este compromiso por parte
de una persona de las llamadas de orden o de derechas en la causa de un Alcalde
socialista, pero como hemos contado en otra entrada, eran favores debidos.
El
Ministerio Fiscal en su calificación de los hechos: “El
único asesinato cometido en el pueblo, siendo Alcalde del mismo el citado
procesado, fue el de Don Leocadio Anguita López, no comprobándose si el
encartado participó indirectamente en la detención y muerte de de dicho señor”. Desde
mi punto de vista, el Fiscal no quiere despejar las dudas de la no
participación indirecta en los hechos, pues utiliza la expresión “no
comprobándose si…” dejando la puerta entreabierta, cuando hubiese sido más
claro decir “habiéndose comprobado que no tuvo participación…”.
Posteriormente
en la declaración judicial, Matías Aguilera Anguita, quien en su denuncia
inicial había señalado a todos los dirigentes, incluido su sobrino-nieto
Vicente, dice: “Que
en esta época estaba de Alcalde el sobrino del declarante llamado Vicente
Aguilera Castillo, pero que no puede decir con seguridad ni acierto quien pudo
ser su autor”.
El 29 de mayo de 1943 se dicta sentencia por el Consejo de Guerra, por el supuesto
delito de Rebelión Militar contra Vicente Aguilera Castillo, reseñándose que: “Durante su actuación, las fuerzas rojas
que había por las proximidades de la Aldea se llevaron a Don Leocadio Anguita
López que estaba detenido, le trasladaron a Alcaudete, donde a los pocos días
fue asesinado, sin que conste la intervención directa ni
indirecta en el hecho del encartado, ni
de otras personas de Fuente Álamo”.
Fallando: “Que
debemos condenar y condenamos al procesado Vicente Aguilera Castillo, a la pena
de VEINTE AÑOS DE RECLUSION TEMPORAL, como autor responsable de un delito de Auxilio a la Rebelión Militar, con las
agravantes apreciadas”.
Como
se puede ver, felizmente no fue condenado por el asesinato de Leocadio, pues en
la Causa seguida en su contra, no se pudo demostrar participación alguna en la
referida muerte, pero sin embargo tuvo que soportar durante el proceso, la
carga de la prueba, siendo víctima de una acusación, de la que según sentencia,
no tuvo participación alguna, ni directa, ni indirectamente. Desde mi punto de
vista, esas “agravantes apreciadas” como la peligrosidad, son aplicadas en base
a una serie de indicios o hechos ocurridos en Fuente Álamo, entre los que se
encontraba dicho asesinato; y como veremos, los demás hechos por los que fue
condenado, son igualmente criticables en cuanto a su autoría y su prueba.
CONTINUARÁ CON NUESTRA TERCERA VÍCTIMA: JOSÉ PÉREZ LIZANA…