sábado, 24 de abril de 2021

LA “SUERTE DEL SOLDADO” FUENTEALAMEÑO JOSE MARIA CANO CASTILLO

       


        En el sorteo de quintos de 1841 que solía celebrarse en el Ayuntamiento de Alcalá la Real el primer domingo del mes de abril -según establecía la ley de 1837-, el fuentealameño José María Cano Castillo, hijo de Vicente y María Mercedes, tuvo “la suerte del soldado” con el número veinte y dos, por lo que debería ser uno de los 100.000 hombres que formarían la quinta de aquel año. En el mismo sorteo corrió similar suerte José Cano y Giménez, vecino del Partido de Charilla e hijo de María Juliana, con el número doscientos treinta y cuatro. Aunque, realmente no fue la misma suerte, pues al ser un número más alto, la probabilidad de ser llamado a filas era menor, sin embargo sería su condición social la que le diría que la suerte estaba echada, incluso antes del sorteo.

El 16 de noviembre de 1841, comparecieron Vicente Cano, padre de José Cano, (fuentealameño) y María Juliana Giménez (madre de José Cano Giménez) ante el escribano de Alcalá la Real D. José Antonio Núñez a fin de reflejar en escritura pública el acuerdo al que habían llegado ambos progenitores con el beneplácito de sus respectivos hijos, que no era otro que cambiar o permutar los números que habían correspondido a cada uno en el mencionado sorteo, cosa que permitía por primera vez la Ley para el Reemplazo del Ejército de 1837. Esto se hizo bajo una serie de condiciones y bajo pago de unas cantidades de reales:

1ª Por el referido cambio, Vicente Cano ha de dar a José Cano, mozo de Charilla, la cantidad de tres mil quinientos reales de vellón. Mil reales a entregar en el momento del convenio.

2ª Que dado que era posible un segundo sorteo y la posibilidad que fueran de nuevo sorteados, y José Cano, hijo de Vicente, tuviera que cubrir la que correspondía a José Cano y Giménez, en este caso se rebajaría mil reales de la expresada cantidad de dos mil quinientos que se deben, y en el caso de que saliera libre se le aumentaría y deberá pagarle otros mil reales más de los dos mil quinientos reales.

Vicente Cano Gutiérrez, hijo de José Cano y de Rafaela Gutiérrez, aparece empadronado en Fuente Álamo ya en 1825, donde consta que estaba casado con María Mercedes Castillo Mesa, y por entonces tenían un solo hijo, José, de dos años de edad, aunque después de unos años vendrían cuatro hijos más. Era una familia propietaria  que vivían en el cortijo familiar de la Pilas de la Fuente de la Encina y poseían tierras en las inmediaciones del referido cortijo. En el año de 1841, ante el grave perjuicio económico que suponía la incorporación a filas de su hijo José de tan solo 18 años de edad y la alta probabilidad de que no volviese, intentaron evitarlo pagando la considerable cantidad de dinero que se refleja en la mencionada escritura pública de convenio. 


Pese a la legalidad del acuerdo, se trataba de un mercadeo de personas y un sistema totalmente injusto del cumplimiento de un deber, pues el sorteo podía ser desvirtuado con un acuerdo en el cambio de números y con las consiguiente sustitución de un quinto por otro, de tal forma que las clases pudientes podían evitar la pérdida temporal o total de un hijo, mediante pago de una cantidad alta, que a veces suponía el endeudamiento familiar. Es cierto que el riesgo de no volver, debido más a las enfermedades que a la propia guerra, era alto, por lo que se daba por bien pagado las altas cantidades que se exigían a cambio.

La ley vigente en aquel momento era la Ley para el Reemplazo del Ejército de 2 de noviembre de 1837, que establecía el tiempo que duraría el servicio militar y el número de soldados necesarios (ya en 1835 se decretó la quinta de 100.000 hombres). Fijó la edad de los mozos sorteables entre los dieciocho y los veinticinco años, una franja menor que en las anteriores leyes. Reconoció la redención en metálico y la sustitución, siendo como hemos dicho el primer reconocimiento legal de la figura del sustituto.

En la referida escritura pública de convenio hay una nota marginal de fecha de 24 de septiembre de 1843, algo ilegible, que recoge el cumplimiento del pacto y el pago del mismo, pues se puede leer que Juliana Giménez nada tiene que reclamar. Podemos decir casi a ciencia cierta el destino que corrió José Cano, quien no llegó a incorporarse a filas, ya que también consta que a finales de los años 40 del siglo XIX ya había formado una familia y su primera hija Josefa Cano Cuenca ya había nacido. Después tuvo otros tres hijos, José, Alejandra y Rafael, quedando viudo joven[1]. La familia siguió asentada en el Cortijo de las Pilas en la Fuente de la Encina hasta los años 70 del siglo XX, siendo sus últimos moradores su biznieta Cándida Cano casada con Julio García. 


 En este caso la “suerte del soldado” no se la dio el sorteo de quintos, sino el dinero de su padre.

Para tener una referencia del gran desembolso que la familia Cano tuvo que hacer para evitar la incorporación de su hijo al ejército,  traemos como ejemplo la venta real que se realizó por aquellos años, en concreto el  30 de enero de 1843, por la que Joaquín Serrano Santaella, morador de Fuente Álamo, compra a Manuel Jiménez y su consorte María Dolores Peláez, una haza de tierra calma, llamada de Cano, en sitio de Fuente Álamo, de cuya finca se vende un pedazo de seis fanegas, conviniéndose al efecto el precio de mil seiscientos reales de vellón en que fue tasada por peritos electos de una conformidad. Otra venta de Francisco Arjona a favor de Francisco Giménez de fecha 27 de agosto de 1843 por la que el tal Francisco de Arjona del Partido de la Ortichuela que era dueño de una haza en al partido de Fuente Álamo, cuya tierra linda con otra de Juan Bermúdez y del Caudal de propios y siendo tratada su enajenación con Francisco Jiménez, morador en el partido de la Fuente del Álamo por la cantidad de novecientos reales de vellón.

 Viendo estos ejemplos con la cantidad pagada por Vicente Cano para libar a su hijo de la mili, pudo adquirir 12 ó 15 fanegas de tierra.

Pocos años después en concreto en el año 1848, cuando Vicente contaba con 46 años de edad, compareció ante Escribano Público, junto a su mujer María Mercedes Castillo de 42 años de edad, para otorgar testamento a favor de sus cinco hijos,  aunque José ya había contraído matrimonio con Josefa Cuenca, al ser el único hijo mayor de edad le nombra albacea  de sus otros cuatro hijos menores de edad: Rafaela, Francisco, Vicente, y María.


 

Mi agradecimiento a Rafael Burgos por la aportación de los documentos.

 

 

https://www.infonortedigital.com/portada/gentes-e-historia/item/88088-como-evitar-la-mili-en-la-arucas-del-siglo-xix-y-xx-la-redencion-de-la-familia-marrero-dominguez



[1]En el padrón de 1878 aparece José María Cano Castillo, 55, propietario, viudo. Alejandra Cano Cuenca, 20  y Rafael, 14. A su cargo Gregorio Zamora Aguayo, 5 y Pedro Arenas Rodríguez, 60, viudo.   Vicente Cano Cuenca, 28,  pegujalero,  con María Arévalo López, 31. María de la Cabeza, 5, Sixta, 3 y Justa, 6 meses.