miércoles, 7 de diciembre de 2016

LA CAUSA POLÍTICA DESPUÉS DE LA GUERRA CIVIL EN FUENTE ÁLAMO



Una vez finalizada la Guerra Civil, los dirigentes políticos y/o sindicales fuentealameños republicanos fueron sometidos a procedimientos sumarísimos de urgencia. Comenzando por el Alcalde Pedáneo, Vicente Aguilera Castillo, quien fue detenido el 8 de abril de 1939 en Alcaudete, pocos días después de finalizar la Guerra y enjuiciado en el procedimiento Sumarísimo de Urgencia nº 44723. El 20 de Agosto de 1940, se le recibe declaración en calidad de imputado, reconociendo que desde el año 1931 estaba afiliado a la U.G.T. y que en el año 1932 fue tesorero; ocupando el cargo de Alcalde de la Aldea de Fuente Álamo desde el año 1932 hasta 1934; y después desde las elecciones del 25 de febrero de 1936 con el Frente Popular, cargo que desempeñaría hasta la terminación de la Guerra en abril de 1939. Fue condenado por un delito de Auxilio a la Rebelión Militar en Sentencia de 29 de mayo de 1943 a la pena de 20 años de prisión, de la que cumplió un gran parte en prisión y en destierro en Lora del Río.
Otros dirigentes sindicales que estaban en el frente de batalla y fueron hechos prisioneros de guerra, como Matías Pérez Lizana, Mateo Pérez Lizana y Fernando González Arjona, junto a otros fuentealameños fueron trasladados al Campo de Concentración de Prisioneros de Zamora, donde el Servicio de Inspección comenzó con las investigación del pasado inmediato de cada uno de los prisioneros. Así, el 29 de mayo de 1939, dos meses después de finalizar la Guerra, se comienza a hostigar en dicho Campo, dando lugar a un Consejo de Guerra seguido en el Procedimiento Sumarísimo de Urgencia bajo Causa núm. 44.636 del Juzgado Militar núm. 1 de Jaén, siendo procesando conjuntamente los tres antes mencionados, por el delito de Auxilio a la Rebelión y condenados por Sentencia dictada el 11 de mayo de 1940, a la pena de doce años y un día de reclusión temporal, como autores responsables de un delito de auxilio a la rebelión militar, sin circunstancias. Matías Pérez Lizana, afiliado a la U.G.T. de cuya organización al principio de la Guerra fue Presidente, unos  16 meses, hasta que su reemplazo fue movilizado; Mateo Pérez Lizana, afiliado a la U.G.T. de cuya organización fue Secretario, aunque manifiesta en su declaración: “que eso lo dijeron en el pueblo pero que no llegó a realizarse” y Fernando González Arjona, afiliado a la UGT de cuya organización fue Vicepresidente en 1938,  los tres encartados, fueron directivos de le Casa del Pueblo de Fuente Álamo, que funcionaba como Frente Popular.

      Una vez que los anteriores dirigentes tuvieron que incorporarse a frente, por haber sido movilizado su reemplazo, se nombraron nuevos cargos del llamado Comité, de tal forma que eran personas de avanzada edad que sus reemplazos no fueron movilizados, o bien, estaban ya mutilados, o habían sido heridos en la propia guerra y habían regresado a Fuente Álamo dados por inútiles. Así, Antonio Moreno Vera, de 37 años, tenía falta de la pierna derecha; José Fuentes López, de 28 años de edad, fue herido en el frente de Zaragoza y dado inútil en el año de 1937; Marcelino Ramírez Zuheros, de 23 años, quien padecía cojera de una pierna causada al inicio de la contienda por un disparo fortuito de otro joven de Fuente Álamo; José Pérez Roldán tenía 52 años; Guillermo García  Zamora, 50 años; Antonio Cano Ruiz, 50 años; José Pérez López, 53 años; a los que hay que unir como Presidente y Alcalde pedáneo, a Vicente Aguilera Castillo, quien también estaba lisiado de una pierna. Contra ellos se incoa el Procedimiento Sumarísimo de Urgencia nº 15. 839 seguido por rebelión militar. Tenemos como acusación principal la de ser miembros dirigentes del Comité Revolucionario del Frente Popular dirigido a través de la Sociedad de la “Espiga Floreciente” perteneciente a la U.G.T.-F.T.T., sindicato de la colectivización de la tierra. 
      Son enjuiciados: Antonio Moreno Vera, como Secretario; Guillermo García Zamora, como Vocal (aunque él dice que no llegó a tomar posesión del cargo); José Pérez López, también Vocal, quien manifiesta que le pusieron porque los dirigentes se marcharon al frente; Marcelino Ramírez Zuheros, con el cargo de Vice-secretario, aunque en su declaración no lo reconoce; Antonio Cano Ruiz, que ocupaba el cargo de Tesorero, en su declaración manifiesta que no llegó a tomar posesión del cargo; José Pérez Roldán, con el cargo de Vicepresidente y José Fuentes García, natural de Las Grajeras y vecino de Las Grajeras, por desempeñar el cargo de Vocal en el sindicato de colectivización del reparto de tierras de Fuente Álamo desde Enero de 1939. Todos ellos estuvieron en prisión preventiva desde el 25 de mayo de 1939 hasta el 20 de diciembre de 1939, en que finalmente fueron puestos en libertad tras ser absueltos, debiendo pasar a un Batallón de Trabajadores.
               Manuel Castillo Padilla, es enjuiciado en el Procedimiento Sumarísimo de Urgencia nº 44.810 y condenado a la pena de veinte años de reclusión temporal como autor responsable de un delito de auxilio a la rebelión militar. Entre otras acusaciones se le condena por su pertenencia a la U.G.T. antes del inicio de la Guerra Civil.
               José Pérez Lizana, en el Procedimiento Sumarísimo de Urgencia nº 59228/1939 fue sentenciado el 8 de Septiembre de 1943, a la pena de seis años y un día de prisión mayor, por un delito de excitación a la rebelión militar, acusado de estar afiliado a U.G.T antes del 18 de julio, ser familia de un dirigente rojo de la Aldea y hacer propaganda de ideales rojos.


               No consta el enjuiciamiento de otros que se nombran en los expedientes que también se dice que fueron dirigentes o “cabecillas”, como José Ortega Moyano (quien falleció en la contienda), Domingo Vera Viana, (quien estuvo detenido en cárcel de Alcalá la Real),  Rafael Moreno Ibáñez (presidente Sociedad Cooperativa afiliada a la U.G.T. poco antes del inicio de la Guerra Civil en concreto el 10 abril de 1936);  todos ellos señalados en declaraciones como “dirigentes marxistas”. Marcos Moreno Montes, quien  era Vocal de la Sociedad Cooperativa afiliada a la U.G.T. poco antes del inicio de la Guerra Civil (en concreto el 10 abril de 1936) y según cuentan los mayores de la Aldea formó parte de la guardia personal del Presidente del Gobierno D. Juan Negrín, que se exilió a Francia, estuvo en el campo de concentración de Mauthasen; regresando a España años después, aproximadamente en 1992; y Antonio Castillo Padilla quien también era Vocal de la Cooperativa afiliada a la U.G.T. poco antes del inicio de la Guerra Civil (en concreto el 10 abril de 1936) y del que no consta su enjuiciamiento. 

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